Mientras en las constituciones de los Estados burgueses se reconocen «amplias» «libertades políticas» —siempre que no cuestionen las bases fundamentales del capitalismo—, estas mismas constituciones no reconocen las «libertades económicas», en tanto el Estado burgués no asume como obligación propia que esos derechos políticos —los sociales son el resultado de estas dos «libertades»— sean cumplidos, así por ejemplo se reconoce el derecho al trabajo, la vivienda, la salud, la alimentación, etc, pero no se crea ningún mecanismo para dar cumplimiento real a esos derechos reconocidos. En el caso de un Estado socialista, su constitución además de reconocer las «libertades políticas» de sus ciudadanos ha de reconocer las «libertades económicas» que a la postre son las que permiten dar aplicación real a las primeras dando lugar a todas las «libertades sociales derivadas», o derechos de segundo orden.
El documento:
Por Iósif Vissariónovich Dzhugashvili, STALIN
¿De qué manera se han reflejado en el proyecto de la nueva Constitución todos estos cambios producidos en la vida de la URSS?
En otras palabras: ¿Cuáles son las características principales del proyecto de Constitución sometido al examen de este Congreso?
A la comisión de la Constitución se le encomendó que introdujese modificaciones en la Constitución de 1924. El trabajo de la Comisión ha dado por fruto un nuevo texto de la Constitución: el proyecto de la nueva Constitución de la URSS. Al redactar el proyecto de la nueva Constitución, la comisión ha partido del principio de que una Constitución no debe confundirse con un programa. Eso quiere decir que entre un programa y una Constitución existe una diferencia esencial. Mientras un programa formula lo que todavía no existe y lo que hay que alcanzar y conquistar en el futuro, una Constitución, por el contrario, debe tratar de lo que existe ya, de lo que ya ha sido alcanzado y conquistado. Un programa se refiere principalmente al futuro, y una Constitución, al presente.
Dos ejemplos, a título de ilustración.
Nuestra sociedad soviética ha conseguido ya realizar el socialismo en lo fundamental; ha creado un régimen socialista; esto es, ha realizado lo que, en otros términos, los marxistas denominan fase primera o inferior del comunismo. Eso quiere decir que en nuestro país se ha realizado en lo fundamental la primera fase del comunismo, el socialismo. (Prolongados aplausos.) El principio básico de esta fase del comunismo es, como se sabe, la fórmula: «De cada cual, según sus capacidades; a cada cual, según su trabajo». ¿Debe reflejar nuestra Constitución este hecho, el hecho de que hayamos conquistado el socialismo? ¿Debe basarse sobre esta conquista? Sin duda alguna. Debe hacerlo, porque el socialismo es para la URSS algo que ya se ha alcanzado y conquistado.
Pero la sociedad soviética no ha llegado todavía a la fase superior del comunismo, en la cual el principio dominante será la fórmula: «De cada cual, según sus capacidades; a cada cual, según sus necesidades», aunque se plantea el objetivo de lograr en el futuro la realización de la fase superior del comunismo. ¿Puede basarse nuestra Constitución en la fase superior del comunismo, que todavía no existe y que aún debe ser conquistada? No; no puede, porque la fase superior del comunismo es para la URSS algo que todavía no se ha realizado y que debe realizarse en el futuro.
No puede, si no quiere convertirse en un programa o en una declaración sobre futuras conquistas.
Tales son los marcos de nuestra Constitución en el presente período histórico.
Así, pues, el proyecto de la nueva Constitución es un resumen del camino recorrido, un resumen de las conquistas logradas ya. Es, por tanto, el registro y consolidación legislativa de lo que se ha alcanzado y conquistado de hecho. (Clamorosos aplausos.)
Esa es la primera particularidad del proyecto de la nueva Constitución de la URSS.
Prosigamos. Las constituciones de los países burgueses parten generalmente de la convicción de que el sistema capitalista es inconmovible. La base esencial de estas constituciones son los principios del capitalismo, y sus fundamentos principales, la propiedad privada de la tierra, de los bosques, las fábricas y demás instrumentos y medios de producción; la explotación del hombre por el hombre y la existencia de explotadores y explotados; la pobreza para la mayoría trabajadora, en un polo de la sociedad, y el lujo para la minoría que no trabaja, pero es rica, en el otro polo, etc., etc. Las constituciones de los países burgueses se basan en éstos y otros análogos fundamentos del capitalismo. Esas constituciones reflejan y consolidan legislativamente dichos fundamentos.
A diferencia de estas constituciones, el proyecto de la nueva Constitución de la URSS parte del hecho de la supresión del régimen capitalista, del hecho de la victoria del régimen socialista en la URSS. La base esencial del proyecto de la nueva Constitución de la URSS la integran los principios del socialismo, sus fundamentos principales, que ya han sido conquistados y realizados, a saber: la propiedad socialista de la tierra, los bosques, las fábricas y otros instrumentos y medios de producción; la supresión de la explotación y de las clases explotadoras; la eliminación de la miseria de la mayoría y del lujo de la minoría; la supresión del paro forzoso; el trabajo como obligación y como deber de honor de todo ciudadano apto para el mismo, de acuerdo con la fórmula: «El que no trabaja no come». El derecho al trabajo, es decir, el derecho de todo ciudadano a obtener ocupación garantizada; el derecho al descanso; el derecho a la instrucción, etc., etc. El proyecto de la nueva Constitución se basa en éstos y otros parecidos fundamentos del socialismo, los refleja y los consolida legislativamente.
Esa es la segunda particularidad del proyecto de la nueva Constitución.
Prosigamos. Las constituciones burguesas parten tácitamente de la premisa de que la sociedad se compone de clases antagónicas, de clases que poseen riquezas y de clases que no las poseen; parten de que, sea cual fuere el partido que llegue al poder, la dirección estatal de la sociedad (dictadura) ha de hallarse en manos de la burguesía; parten de que la Constitución es necesaria para consolidar el orden social deseable y beneficioso para las clases poseedoras.
A diferencia de las constituciones burguesas, el proyecto de la nueva Constitución de la URSS parte de la premisa de que en la sociedad no hay ya clases antagónicas; de que la sociedad se compone de dos clases amigas: la de los obreros y la de los campesinos; de que precisamente estas clases trabajadoras son las que están en el poder; de que la dirección estatal de la sociedad (dictadura) se halla en manos de la clase obrera, la clase de vanguardia de tal sociedad; de que la Constitución es necesaria para consolidar el orden social deseable y beneficioso para los trabajadores.
Esa es la tercera particularidad del proyecto de la nueva Constitución.
Prosigamos. Las constituciones burguesas parten tácitamente de la premisa de que las naciones y las razas no pueden ser iguales en derechos; de que hay naciones con plenos derechos y naciones sin plenitud de derechos, y que, además, hay una tercera categoría de naciones o razas, por ejemplo, en las colonias, que tienen todavía menos derechos que las naciones que no gozan de plenos derechos. Eso quiere decir que todas estas constituciones son, en el fondo, nacionalistas, es decir, constituciones de naciones dominantes.
A diferencia de esas constituciones, el proyecto de la nueva Constitución de la URSS es, por el contrario, profundamente internacionalista. Parte del principio de que todas las naciones y razas son iguales en derechos. Parte del principio de que las diferencias de color o de idioma, de nivel cultural o de nivel de desarrollo estatal así como cualquier otra diferencia entre naciones y razas, no pueden servir de base para justificar la desigualdad de derechos entre las naciones. Parte del principio de que todas las naciones y razas, independientemente de su situación pasada y presente, independientemente de su fuerza o su debilidad, tienen que disfrutar de iguales derechos en todas las esferas de la vida económica, social, estatal y cultural de la sociedad.
Esa es la cuarta particularidad del proyecto de la nueva Constitución.
La quinta particularidad del proyecto de la nueva Constitución es su democracia firme y consecuente hasta el fin. Desde el punto de vista de la democracia, las constituciones burguesas pueden dividirse en dos grupos: un grupo de constituciones niega sin rodeos o reduce de hecho a la nada la igualdad de derechos de los ciudadanos y las libertades democráticas; el otro grupo de constituciones acepta de buena gana, e incluso proclama a bombo y platillos, los principios democráticos. Pero, al hacerlo, pone tales reservas y restricciones, que los derechos y las libertades democráticos quedan completamente mutilados. Hablan de igualdad de derechos electorales para todos los ciudadanos, pero los limitan a renglón seguido mediante requisitos de residencia, de instrucción e incluso de fortuna. Hablan de igualdad de derechos de los ciudadanos, pero hacen a renglón seguido la salvedad de que no se refieren a las mujeres, o que se refieren a ellas parcialmente, etc., etc.
Un rasgo característico del proyecto de la nueva Constitución de la URSS consiste en que está exento de tales salvedades y restricciones. Para él, no existen ciudadanos activos o pasivos; para él, todos los ciudadanos son activos. No reconoce diferencias entre los derechos de los hombres y de las mujeres, o entre «domiciliados» y «no domiciliados», pudientes y no pudientes, instruidos o sin instrucción. Para el proyecto de la nueva Constitución, todos los ciudadanos son iguales en derechos. No es la fortuna, no es el origen nacional o el sexo, ni la situación que ocupa oficialmente, sino la capacidad personal y el trabajo personal de cada ciudadano lo que determina su posición en la sociedad.
Por último, hay otra particularidad en el proyecto de la nueva Constitución. Las constituciones burguesas se limitan generalmente a enunciar los derechos formales de los ciudadanos, sin preocuparse de las condiciones para el ejercicio de estos derechos, de la posibilidad de su ejercicio, de los medios para su ejercicio. Hablan de la igualdad de los ciudadanos, pero olvidan que no puede haber verdadera igualdad entre el patrono y el obrero, entre el terrateniente y el campesino, cuando los primeros poseen riquezas y tienen peso político en la sociedad, mientras los segundos están privados de lo uno y de lo otro; cuando los primeros son explotadores, mientras que los segundos son explotados. Hablan, además, de libertad de palabra, de reunión y de imprenta, pero olvidan que todas estas libertades pueden convertirse en palabras huecas para la clase obrera, cuando se la priva de la posibilidad de disponer de locales adecuados para sus reuniones, de buenas imprentas, de suficiente cantidad de papel, etc.
Un rasgo característico del proyecto de la nueva Constitución consiste en que no se limita a enunciar los derechos formales de los ciudadanos, sino que hace hincapié en las garantías de estos derechos, en los medios de su ejercicio. No proclama simplemente la igualdad de derechos de los ciudadanos, sino que la asegura consolidando legislativamente la supresión del régimen de explotación, la emancipación de los ciudadanos de toda explotación. No proclama simplemente el derecho al trabajo, sino que lo garantiza, consolidando legislativamente la ausencia de crisis en la sociedad soviética, la supresión del paro forzoso. No solamente proclama las libertades democráticas, sino que las garantiza legislativamente, facilitando los medios materiales necesarios. Por tanto, es evidente que la democracia del proyecto de la nueva Constitución no es la «corriente» y «comúnmente reconocida» democracia general, sino una democracia socialista.
Esas son las particularidades esenciales del proyecto de la nueva Constitución de la URSS.
Así se reflejan en el proyecto de la nueva Constitución los progresos y cambios producidos en la vida económica, social y política de la URSS durante el período de 1924 a 1936.
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